El artículo 4 L30/92, recoge la obligación de la admón en sus relaciones con otras admón facilitar información que precisen para el ejercicio de sus competencias. Obliga a prestar cooperación y asistencia a otras admón, para el eficaz ejercicio de sus competencias.
El artículo 15 de L30/92, recoge la posibilidad de encomendar la realización de servicios o actividades de carácter material, técnico a otros órganos o entidades por razón de eficacia o cuando no se posea los medios técnicos idóneos para su desempeño. También se arbitra medidas contra la actuación de las autoridades y personal al servicio de la admón que atente contra la eficacia.
El artículo 147 Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales. RD, 2568/86, afirma que la tramitación administrativa debe desarrollarse en función de los principios de economía, eficacia, y coordinación que estimule el diligente funcionamiento de la organización de las entidades locales, se mecanizara o informatizarán los trabajos burocráticos.
Ejemplo de que la eficiencia pública puede sacar rendimientos positivos como es el ejemplo de Hamburgo donde los edificios obtendrán más energía que la que consuman sus inquilinos.
En este vídeo ponentes latinoamericanos hablan sobre la ineficiencia del sector público sus consecuencias y su calidad.
Noticia de última hora en España donde Fernández de la Vega y Salgado apuestan por la eficiencia del sector público para salir de la crisis.
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